La reciente modificación de los artículos 1652, 1657, 1743 y 1744 del Código Judicial por la Ley N.º 415 de 22 de noviembre de 2023 representa un cambio significativo en el procedimiento de remates judiciales en procesos ejecutivos hipotecarios. Estas reformas buscan equilibrar los derechos entre acreedores y deudores, estableciendo como base para los remates el valor de mercado o comercial del bien inmueble.
Puntos clave de la reforma
Comparación con el Nuevo Código Procesal Civil
El nuevo Código Procesal Civil, adoptado mediante la Ley N.º 402 de octubre de 2023, establece que:
Conclusión
La Ley N.º 415 de 2023 busca proteger al deudor al establecer como base del remate el valor de mercado del inmueble, asegurando una compensación justa tras el pago de la deuda. Sin embargo, en la práctica, la reforma podría no lograr plenamente este objetivo debido a los altos costos asociados al proceso y la dinámica de las convocatorias de remate.
Además, al ser una reforma transitoria, su impacto será limitado en el tiempo. Con la entrada en vigor del nuevo Código Procesal Civil en 2025, las normas procesales cambiarán, otorgando un tratamiento más flexible al tema de los avalúos.
En este contexto, tanto acreedores como deudores deben contar con asesoría legal especializada para navegar adecuadamente las complejidades introducidas por esta reforma y garantizar la protección de sus intereses en los procesos de remate.
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