Aplicación de sanciones por reactivación de sociedades y fundaciones suspendidas por renuncia de agente residente

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Estimados clientes,

Les informamos que el Registro Público ha comenzado a aplicar las disposiciones establecidas en la Ley 254 de noviembre de 2021 en relación con las sociedades y fundaciones que han quedado sin agente residente por más de 90 días (3 meses) debido a renuncias presentadas.

De acuerdo con esta normativa, la reactivación de una sociedad suspendida por falta de agente residente conlleva una multa de MIL DÓLARES CON 00/100 (US$1,000.00).

Ante esta situación, exhortamos a nuestros clientes a remitirnos el listado de sociedades y fundaciones que administran, con el fin de verificar su estado y, de ser necesario, proceder con los trámites de actualización y pago correspondiente para evitar sanciones.

Adjuntamos capturas de pantalla que evidencian la calificación del Registro Público y el extracto del artículo aplicado.

Quedamos a su disposición para cualquier consulta o asistencia en el proceso.

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