Es un derecho real que permite a una persona usar y disfrutar de un bien que no le pertenece, durante toda su vida.
¿Quiénes intervienen?
Nudo Propietario Es el dueño legal del bien, pero no lo usa ni lo disfruta mientras el usufructo esté vigente.
Usufructuario Tiene el derecho de uso y goce del bien. Puede vivir en él, arrendarlo y beneficiarse económicamente, pero no puede venderlo.
Características del Usufructo Vitalicio
Derecho vitalicio (dura hasta la muerte del usufructuario) Puede ser sobre bienes muebles o inmuebles Es un derecho patrimonial: puede ser embargado o cedido Se constituye por ley, voluntad o prescripción Requiere inscripción en el Registro Público de Panamá
¿Qué necesito para constituirlo?
Paz y Salvo del IDAAN
Paz y Salvo del Impuesto de Inmueble
Escritura Pública con la voluntad del propietario
Inscripción en el Registro Público
Tip: Es común utilizarlo para proteger derechos de adultos mayores sobre sus viviendas al donar o vender el bien, pero reservar el uso hasta su fallecimiento.
¿Cuándo termina el usufructo?
Pérdida total del bien
Renuncia voluntaria del usufructuario
Fallecimiento del usufructuario (o del último si hay varios)
Una vez extinguido, el nudo propietario recupera el uso pleno del bien.
¿Estás donando un bien y quieres conservar el derecho a vivir en él?
Podemos ayudarte a constituir el usufructo correctamente, proteger tus derechos y registrarlo.